Abr 302013
 

El decreto es engañoso, bajo la idea de “mejorar” el sistema, lo que se hace es cambiarlo por otro. Nuestro Sistema de Salud Universal (siempre mejorable, por supuesto) se sustituye por un Sistema de Salud para asegurados.

Puede ser opinable que un sistema u otro sea más conveniente (aunque la mayoría de expertos diga que SALUD para TODOS es la mejor inversión para el desarrollo de un país). Pero además es un cambio anticonstitucional, se ha impuesto a la ciudadanía a escondidas, con engaño, y sin potestad legal para hacerlo.

Ataca de forma gravísima a los sectores más desfavorecidos de la población, a los jóvenes, los parados, los pensionistas, los inmigrantes.

Inicia el camino de un nuevo concepto de Sanidad, donde la atención dependa del lugar social que ocupa cada uno, destruyendo -quizá de forma irreparable- el avance social más significativo conseguido en siglos.

Al venir envuelto en retóricas y argumentos contra los inmigrantes, alienta y utiliza el crecimiento de sentimientos xenófobos. Usar estos sentimientos para conseguir que “unos” se sientan seguros a costa de la inseguridad de los “otros” divide a la sociedad y la engaña, porque en realidad el decreto roba sus derechos a TODOS y la fragmenta.

Tres cuestiones fundamentales:

  1. Fin de la universalidad
  2. Fin cartera Universal de servicios
  3. Financiación farmacéutica

1.- Fin de la Universalidad

El RD-Ley 16/2012 CAMBIA EL ACTUAL SISTEMA POR UNO DIFERENTE supone el abandono de un Sistema Universal (oferta a TODOS, y MISMA oferta) por un Sistema de Seguro Sanitario, que de momento sería el ofrecido por la Seguridad Social (aunque con una primera exclusión de algunos ciudadanos), pero que quedaría abierto, como recoge explícitamente el Decreto a «la incorporación de nuevas modalidades de seguros».

El RD – ley 16/2012 Vincula el derecho a recibir atención sanitaria al
aseguramiento

SOLO TENDRÁN TARJETA SANITARIA:

  • Trabajadores que cotizan a la Seguridad social
  • Pensionistas
  • Receptores de subsidios y ayudas al desempleo
  • Personas que han agotado su subsidio de desempleo pero se mantienen suscritas al INEM.

PERSONAS QUE EL REAL DECRETO DEJA EN PRINCIPIO EXCLUIDAS DE TARJETA SANITARIA:

  • Trabajadores españoles no afiliados a la Seguridad Social.
  • Desempleados que han agotado ya su percepción por desempleo y que no permanezcan afiliados al INEM.
  • Trabajadores inmigrantes sin tarjeta de residencia (no obtenida o no renovada).
  • MENORES DE 26 años que no estén cotizando no podrán beneficiarse como hasta ahora del Seguro de su padre cotizante.

2.- Fin de la cartera universal de servicios

La “cartera” es como la cesta, o la lista de servicios que ofrece nuestro Sistema Sanitario.

Pues bien, el Decreto termina ahora con esta Cartera única creando en su lugar (y esto es muy importante) 3 carteras distintas: Básica, suplementaria y accesoria.

  • La lista o cesta de los servicios que ofrecerá la Sanidad Pública se modifica para dejar una cartera básica gratuita de la que se excluirán algunos servicios (todavía no especificados totalmente, salvo el transporte sanitario) que pasarán a las nuevas carteras (”accesoria” y “complementaria”), en las cuales se ofrecerán ahora bajo fórmula de COPAGO. En este, a diferencia del más conocido “copago farmacéutico” no se especifican límites en la cuantía que dependerá del usuario.
  • Incluso de los servicios que queden finalmente en la cartera básica (gratuita) se avisa ya que serán reformulados.

3.- Financiación farmacéutica

Financiación selectiva. Se trata según los expertos de la propuesta más positiva del decreto. Establece que no todos los medicamentos que se registren se financien.

Exclusión de medicamentos actualmente financiados Es decir, que LOS CIUDADANOS DEBERÁN PAGAR DE SU BOLSILLO los medicamentos en las siguientes situaciones:

  • Medicamentos para síntomas menores. No se especifican pero se entiende que puedan entrar aquí medicamentos útiles para el control de “síntomas” como son los antitérmicos (para la fiebre), analgésicos suaves (el dolor), antihistamínicos (alergias leves), etc, que son de uso muy frecuente. Además, se estipula que ningún medicamento que no necesite receta podrá ser financiado.

COPAGO: (Pago por parte del usuario de una parte del precio en farmacia) Aparece casi escondido en el RDL (articulo 3, Trece), y establece 4 tramos de aportación (60% para rentas superiores a 100.000 €; 50% para rentas entre 18.000 y 100.000€; 40% para rentas inferiores a 18.000€ y 10% para los pensionistas), a la vez a estos últimos se les ponen unos topes máximos de mensuales (8€ para rentas menores de 18.000€, 18€ para las situadas entre 18.000 y 100.000€ y 60€ para las superiores a esta cantidad)

  • Los excesos pagados por el pensionista en la farmacia por encima de estos topes máximos (que ocurrirá en todos los casos) serán “objeto de reintegro por la comunidad autónoma correspondiente, con una periodicidad máxima semestral”.
  • Revisión periódica de estos copagos por órdenes del Ministerio de Sanidad (es decir, que pueden variar –aumentar quizá- en el futuro).

En conclusión:

  • Pensionistas que malviven con 650 euros mensuales pagarán mes a mes un 10% del precio de sus medicamentos en Farmacia.
  • Si al hacerlo superan el límite máximo (8 o 18 euros, según su renta) HABRÁN DE ESPERAR (en el peor de los casos) hasta 6 meses a que se les devuelva ese exceso de dinero que han aportado.
  • Y las medicinas que quieran comprar SIN receta (como pueda ser paracetamol, aspirina, etc) serán mucho más caras que hasta ahora porque ya no estarán financiadas.
  • Y además, tendrán que copagar también (y ahí no se han puesto aún los topes) cuestiones como su transporte sanitario, tratamientos especiales (dietas especiales, etc).
  • Todo ello sin saber aún qué otros servicios se sacarán de la cartera de prestaciones básicas.

basado en el resumen­‐análisis realizado por Yo Sí Sanidad Universal

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